lunes, 9 de marzo de 2015

Continúa escrutinio final bajo la conducción del organismo colegiado del TSE


El escrutinio final de las actas de la elección de diputaciones al Parlamento Centroamericano continúa en las  59 mesas de trabajo, en los horarios de 8:00 de la mañana a 10:00 de la noche.

El magistrado presidente del TSE doctor Julio Olivo ha elogiado el arduo trabajo que realiza el personal que conforma las mesas, quienes han cumplido de manera disciplinada las jornadas de trabajo, entre ellos, el personal del TSE, delegados y delegadas de los partidos políticos, la Junta de Vigilancia Electoral, Fiscalía General de la República y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.

El organismo colegiado del Tribunal Supremo Electoral, integrado por los 10 magistrados y magistradas, es el responsable de realizar el escrutinio final,  de acuerdo al artículo 63, literal c. del Código Electoral. Las mesas de escrutinio y sus integrantes, son grupos de apoyo del organismo colegiado.

Según el  artículo 214 del Código Electoral, el proceso de escrutinio se hará en la forma que el organismo colegiado estime conveniente, dentro de los plazos legales, que en este caso está previsto hacerlo entre el 3 y el 14 de marzo, según el instructivo, y tomará como única base, los originales del acta de cierre y escrutinio de las JRV.

El escrutinio final solo podrá ser suspendido por el organismo colegiado en el marco de la ley, y únicamente por caso fortuito o fuerza mayor.

La participación de la Junta de Vigilancia Electoral, en la cual están representados todos los partidos políticos, de la Fiscalía General de la República, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, y las diferentes formas de divulgación de los avances del conteo, son garantes de la transparencia con que se realiza esta etapa del proceso electoral.

El escrutinio se desarrolla apegado a la ley electoral, en ese sentido, el instructivo contempla que el Tribunal sólo podrá ordenar la revisión de papeletas de votación de una o más Juntas Receptoras de Votos, siempre y cuando, con la suma de los votos impugnados, el resultado final de la votación del municipio o departamento, pueda cambiar al partido político o coalición ganador. El instructivo es de obligatorio cumplimiento para todas las partes, entidades y personas que intervengan en el proceso de escrutinio final; su incumplimiento faculta al TSE a imponer las medidas pertinentes.

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