viernes, 29 de agosto de 2014

TSE y partidos políticos discuten tema de propaganda adelantada

Con el fin de trabajar de forma coordinada y aclarar la conceptualización sobre propaganda electoral y propaganda política, así como los tiempos establecidos en la ley para hacer dicha propaganda, el organismo colegiado del TSE en pleno, se reunió este 28 de agosto con representantes de todos los partidos políticos inscritos, entre ellos algunos secretarios generales y diputados.

El magistrado presidente Dr. Julio Olivo dio la bienvenida a los asistentes y expuso la agenda a desarrollar. En la presentación destacó los artículos del Código Electoral y de la Constitución de la República sobre el derecho que tienen los partidos políticos de hacer propaganda, los tiempos establecidos para ello y las prohibiciones.

“Nuestro objetivo fundamental como Tribunal Supremo Electoral es hacer una especie de gestión electoral preventiva, convocándolos a ustedes para que posteriormente podamos suscribir algún tipo de pacto en aras de evitar una serie de situaciones que se han venido dando en procesos electorales anteriores; de modo que podamos iniciar una relación de mutuo respeto a la ley, a la Constitución y de respeto interinstitucional”.

Para el caso, el artículo 172 del Código Electoral establece el derecho de los partidos políticos a la propaganda electoral y reitera los límites temporales al ejercicio de la propaganda electoral. En tanto que el artículo 175 del Código Electoral establece la prohibición de realizar propaganda electoral de forma anticipada.

“Se prohíbe a los partidos políticos o coaliciones y a todos los medios  de  comunicación, personas naturales o jurídicas, hacer propaganda por medio de la prensa, la radio, la televisión, mítines, manifestaciones, concentraciones, hojas volantes, vallas, aparatos parlantes, en lugares públicos, antes de la iniciación del período de propaganda que regula el artículo 81 de la Constitución de la República, durante los tres días anteriores a la elección y en el propio día de la misma. Tampoco se permitirá la propaganda partidista en los centros de votación”, señala el artículo 175.

Para una mejor comprensión, el presidente explicó que la jurisprudencia electoral ha establecido criterios que delimitan los conceptos de propaganda política y propaganda electoral.
Propaganda política: “Debe ser entendida como el derecho que tienen los partidos de dar a conocer su ideología o visión sobre distintos temas de interés de la sociedad, incurriendo entonces en actos de propaganda electoral”.

Propaganda electoral: “… difundir mensajes en los que se aluda, haga referencia o se prometa la realización de políticas públicas, programas o acciones específicas que solamente pueden materializarse desde un cargo de elección popular –Presidencia de la República– e identificar al partido o candidato que llevará a cabo tales acciones de tener la oportunidad de desempeñarse en el citado cargo en un período determinado, lleva implícita la solicitud de apoyo futuro, que solamente puede darse a través del voto ciudadano y que deja de ser abstracto al determinarse la elección en la que será requerido configurándose así un mensaje que sobrepasa los límites de la propaganda política…”.

Luego de la reunión, el magistrado presidente dijo en conferencia de prensa que se hizo un llamado o un recordatorio sobre el compromiso de respetar la Constitución y las leyes de la República.
“Se les recordó los plazos establecidos en el Código Electoral para hacer propaganda. La cual inicia el 31 de diciembre del corriente año”.

Aclaró que si promueven candidatos e inciden en la voluntad futura de la ciudadanía antes de esa fecha, será considerado como campaña anticipada. Se les recordó que no deben hacer actos públicos promoviendo candidatos y que solo podrá hacerse en reuniones internas.

“Les invitamos a sumarse a la consulta ciudadana que inicia el 16 de septiembre y finaliza el 15 octubre, en eso queremos que nos apoyen y no en hacer campaña anticipada”, señaló el presidente Olivo.

Se expuso además, las estadísticas sobre las multas impuestas e hizo un “vehemente llamado” sobre la asignación del presupuesto, para que intervengan en agilizar su aprobación.
Advirtió asimismo, que posteriormente van a ser convocados los medios de comunicación ya que también están obligados a no realizar acciones de campaña anticipada.

Los temas fueron ampliamente debatidos con los aportes de otros magistrados y de los representantes de todos los partidos políticos que hicieron preguntas y dieron sus opiniones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario